El mandatario entregó ayer el centro regional de la UASD en Azua
El presidente Luis Abinader inauguró en Azua la última obra que podrá entregar su Gobierno antes de las elecciones congresuales y presidenciales del 19 de mayo.
Este miércoles comienza el período durante el cual quedan prohibidos los actos inaugurales por la ley de Régimen Electoral.
«Está prohibido durante los 40 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y 60 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías», establece el párrafo 6 del artículo 210 de la norma.
El mandatario comenzó el pasado jueves con una intensa jornada de inauguraciones ante el acercamiento de la veda y la proximidad de las elecciones en las que aspira a ser elegido por cuatro años más.
Entregó obras tales como el Teleférico de Santiago, el hospital remozado Santos Socorro y la carretera para conectar a San Víctor con Jamao al Norte y Sabaneta de Yásica, uniendo a las provincias Espaillat y Puerto Plata.
En ese sentido el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, explicó que en la Ley 20-23 de Régimen Electoral se establecen dos plazos para cada uno de los procesos electorales y que para comprender el mismo solo «basta con el simple razonamiento».
Peralta explicó que 40 días antes de las elecciones municipales son las autoridades a nivel municipal que no pueden «aparecer en ninguna actuación de inauguración» y que en el caso de las autoridades del Poder Ejecutivo es 60 días antes de las elecciones presidenciales.
«Eso dio lugar a unas disquisiciones e interpretación que no sé por qué, porque basta con el simple razonamiento de que, si hubiese sido un solo plazo común, hubiesen sido 100 días para el presidente y para todos y no hubiese sido 40 y 60, pero creo que ya nadie tiene dudas de eso», expresó Antoliano Peralta.
De acuerdo a lo explicado por el funcionario, el plazo último para la inauguración de obras es el 19 o el 20 de marzo y que ese plazo es para todos los funcionarios de gobierno.
«Yo quiero advertir que esa es una prohibición que no abarca solo al presidente, sino también a los funcionarios, es decir, no es que el presidente, como dijo alguien, puede delegar en la vicepresidente o el ministro para que vayan a inaugurar, es que no pueden las autoridades del Gobierno central participar en actos inaugurales a partir de esa fecha», precisó el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.